Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales.
(Artículos 1, 12, 13, 14, 15, 16 al 27)
Donde se reglamenta la inclusión en Diarios, Gacetas o Boletines Oficiales todos los actos gubernamentales y administrativos. Así como el acceso a la consulta de documentos que reposen en las oficinas públicas, la expedición de copias y la reserva legal entre otras disposiciones para la consulta de documentos públicos.
Descargar PDF